Grado en Ciencias Religiosas

Presentación

El grado en Ciencias Religiosas es un título superior, cuya denominación eclesiástica tradicional es Bachillerato en Ciencias Religiosas, y que, a tenor de un Real Decreto de 2011, reconoce el Estado Español como Grado universitario.

Esta titulación permite tener una buena formación filosófica y teológica de carácter sistemático. El plan de estudios está compuesto por 36 créditos de filosofía, 34 de Sagrada Escritura, 67 de teología dogmática y 30 más de moral y espiritualidad. Se cierra con un módulo que repasa los elementos esenciales estudiados en las diferentes materias y que tiene como objetivo adquirir una síntesis personal. Cumplidos los procedimientos de reconocimiento civil, y añadiendo 18 créditos de pedagogía, el grado en ciencias religiosas permite obtener la DECA, que otorga la Conferencia Episcopal, y que habilita para ser profesor de religión en Enseñanza Secundaria y Bachillerato.

Plan de estudios
Áreas y asignaturas
Matriculación
Instrucciones
Alumnos 2ª Matrícula en adelante

Si ya es alumno del centro, habrá recibido por mail el formulario para formalizar la matrícula. Si no fuera así, solicítelo a info@ceset.edu.es . Una vez relleno, enviar el formulario a info@ceset.edu.es .

Es preferible que rellenen solo el nombre y los datos que hayan cambiado desde su anterior matrícula (dirección postal, teléfono, e-mail…)

Alumnos de nuevo ingreso

Si es alumno de nuevo ingreso, solicite el modelo de solicitud a info@ceset.edu.es . Una vez que reciba el formulario, descárguelo en su ordenador, rellénelo y envíelo a info@ceset.edu.es . Al tratarse de su primera matrícula, debe adjuntar escaneado:

  • Título de acceso (Selectividad, Acceso a la Universidad, Técnico Superior o título universitario previo)
  • Fotografía a color tamaño carnet en formato JPG (puede hacerla con el móvil pero debe ser apropiada)
  • DNI a color escaneado por ambos lados en una misma cara del folio
  • Acreditación de nivel de idioma moderno
    si lo tiene
  • CAP o Máster de Profesorado si lo tiene

En los primeros quince días de clase deberá presentar en el centro originales de la documentación para su compulsa, además de firmar la solicitud que envió.

Una vez que su matrícula haya sido inscrita, recibirá un resguardo con las tasas para que pueda abonarlas, bien por transferencia, o bien en el centro con tarjeta.

El pago de la matrícula ha de hacerse con anterioridad al 15 de octubre. Caso de no ser así, y no haber contactado con Secretaría, la matrícula quedará anulada.

Modificación de matrícula y bajas en asignaturas
  • Es obligatorio solicitar la modificación o baja por escrito en Secretaría (pedir modelo en conserjería). No basta con comunicarlo verbalmente al profesor o a la dirección).
  • Es preferible que se matriculen de todas las asignaturas del curso en el primer cuatrimestre, aunque acuerden con Secretaría el fraccionamiento del pago.
  • Dentro del plazo de matriculación se devuelve la totalidad del coste de las asignaturas (en ningún caso se devolverá la tasa de secretaría ni el seguro escolar)
  • Si solicita la baja antes del 15 de octubre se devuelve el 75% del coste de las asignaturas
  • Pasado este plazo, no se da de baja ni se devuelve el importe
Requisitos
Requisitos de admisión
  • 1. Acreditar un título de acceso válido para la Universidad en España (RD 1892/2008, de 14 de noviembre, art. 3).
  • 2. También se puede acceder acreditando que ha superado la prueba de acceso a la Universidad para los mayores de 25 o de 45 años (RD 1892/2008, de 14 de noviembre, art. 27-41).
  • 3. Los alumnos procedentes de sistemas educativos extranjeros deberán someterse a las pruebas de acceso de acuerdo con el citado RD, art. 3.2, o mediante la homologación del título de acceso obtenido en su país de origen acogiéndose a la Orden ECD/3305/2002, de 16 de diciembre, por la que se modifican las de 14 de marzo de 1988 y 30 de abril de 1996 para la aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 104/1988, de 29 de enero.
  • 4. Acreditar el conocimiento de una lengua moderna.
  • 4.1. El Centro establecerá la prueba pertinente para dicha acreditación y/o
    valorará dispensar de ella si el alumno presenta una acreditación de
    conocimiento de idioma moderno expedida por alguna entidad oficial
    con capacidad para ello
  • 4.2. Esta acreditación se debe realizar al matricularse o durante el primer año
    de estudios, pudiéndose prolongar este período un semestre más.
  • 5. También pueden asistir como libre – oyentes aquellas personas que, sin cumplir estas condiciones, desean una formación teológica actualizada, aunque sin posibilidad de obtener los grados académicos